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Exequatur en Colombia

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Dentro de las leyes de Colombia existe un procedimiento al que se le denomina ‘‘Exequátur’’ el cual se entiende como un proceso de ejecución a una sentencia dentro del estado en el que se lleve a cabo. En el artículo de hoy exploraremos todo lo referente a este concepto, así como los requisitos y pasos que se deben dar para cumplirlo.

¿Qué es el Exequatur en Colombia y para qué sirve?

El exequátur es un procedimiento judicial internacional el cual un estado le solicita a otro que acceda y ejecute una sentencia ya establecida por el mismo, para que, de esta manera, se asegure la eficacia extraterritorial.

En otras palabras, lo que se procura es que exista un alto grado de cooperación y reciprocidad en cuanto al cumplimiento de la sentencias determinadas por un Estado sobre el otro.

Asimismo, se estipula que en el caso de existir tratados y convenios internacionales se está dentro de una obligación jurídica que el estado al cual se le ha solicitado el cumplimiento de la ejecución de la sentencia.

Los objetos a los que se dirige este procedimiento son el fallo o la sentencia, los cuales pueden ser reconocidos siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:

  • Deben ser de naturaleza privada en cuanto a materia civil, comercial o laboral
  • Hayan sido dados por autoridades judiciales competentes del estado requirente

El objetivo final de este procedimiento es que sin importar la barrera fronteriza que puede separar un estado del otro en Colombia se haga cumplir con la decisión judicial ante una sentencia, y así conservar la paz y la justicia.

De una misma manera, este proceso se extiende no solamente a casos de sentencia de delitos mayores, el mismo es aplicado en casos en donde se estén involucrados menores de edad con padres divorciados en diferentes Estados.

Esta Ley obliga al Estado hacerse responsable de los acuerdos de manutención planteados en el juicio de divorcio, sin importar en cuál de las dos partes tuvo lugar este.

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Orden público

Para que el procedimiento de exequátur pueda tener lugar es necesario que la parte extranjera no contraríe los principios y las leyes de orden público del estado Colombiano.

La concepción del ordenamiento público dentro de la fase de análisis de todo este procedimiento judicial debe verse como una figura jurídica empleada para evitar que una sentencia que se da afuera del territorio Colombiano tenga repercusión en el si ambas partes de la solicitud se encuentran fuera.

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Procedimiento del Exequatur en Colombia

  1. Se debe realizar un escrito o demanda en donde se vea expresado la jurisdicción y competencia del órgano para su conocimiento, además del carácter extranjero del acto que se solicita su ejecución, teniendo en consideración los requisitos y demandas que se establecen de acuerdo al caso.
  2. Dicho escrito debe ser llevado a la sala de casación civil de la Corte Suprema de Justicia. A menos que por orden de un tratado internacional, el juez fuera cambiado.
  3. Luego de esto, se cita a la parte de la sentencia que fue afectada.
  4. Se ha de tener en cuenta de que si el escrito fue presentado en otra lengua que no fuera el castellano, se deberá adjuntar copia de este escrito así como su traducción original.
  5. Es importante tener presente que dentro de dicha demanda se deben añadir toda la información que sirva como prueba pertinente del caso que se lleva a cabo.
  6. La sentencia o demanda en la que se basa este procedimiento no puede estar atado a bienes materiales reales dentro de la solicitud. Es decir, el documento a presentar solo debe contener la información relevante y pertinente, sin involucrar derechos a inmuebles u otros objetos materiales.
  7. En el caso de que el exequátur se desenvuelva en un país extranjero, el mismo debe regirse por las leyes y normas establecidas en el territorio Colombiano de donde procede la demanda.
  8. La decisión de la sentencia debe ser enviada al país de origen de la demanda con su respectiva copia legalizada.
  9. En el caso de que la solicitud de demanda sea por parte de un país exterior, los asuntos que sean tratados en ella no deben recaer en las competencias de los jueces Colombianos.
  10. Al momento de expresar en la solicitud de demanda las pruebas pertinentes para el caso se deben ser lo más preciso posible, ya que de ser lo opuesto, el juez puede rechazar dicha solicitud y no proceder con la demanda.
  11. Tal como se planteó anteriormente, con la presencia de Tratados y Convenios Internacionales, si la demanda proviene de fuera de Colombia, este último está en la obligación de responder a las exigencias planteadas por dicho país.
  12. Entre los documento que se presentan en conjunto con la solicitud del procedimiento se debe adjuntar  anexos generales que abarquen el tema, como por ejemplo la copia autenticada y legalizada de la sentencia o providencia cuyo exequátur se solicita.
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Documentación necesaria

  • Original y copia de la solicitud de demanda para el inicio del procedimiento judicial
  • Original y copia de la sentencia
  • Original y copia del documento en donde se vea reflejado que la demanda es de carácter de ejecutoriado
  • El certificado que de veracidad que la persona demandada ya ha sido notificada (si el mismo fue hecho en un idioma extranjero, debe ir acompañado de su debida traducción)
  • Todo documento que este aparejado entre el demandado y la parte demandante, tales como la partida de matrimonio, partida de nacimiento de hijos si los hubiera, copia de cédula de ciudadanía, entre otros

Solicitud del Exequatur en Colombia

Este procedimiento puede ser solicitado en el órgano judicial responsable de llevar el caso o que tenga conocimiento del mismo. En este sentido, el exequátur puede pedirse por:

  • Toda persona cuya sentencia haya sido a su favor, es decir, la parte que pide el cumplimiento de la sentencia
  • Toda persona que vea que el cumplimento o reconocimiento de una sentencia puede presentar una desventaja para él y que le ocasione un prejuicio
  • Todo extranjero que este en Colombia de forma legal
  • Todo colombiano que haya tenido una demanda del extranjero y desee que los efectos de la misma sean cumplidos en Colombia

Detalles del proceso de reconocimiento del Exequatur

  1. Tal como lo dicta el orden judicial de Colombia y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, existe un momento en el que se da el ‘‘traslado probatorio’’ de la parte que exigió el procedimiento exequátur. Con esto nos referimos a que el solicitante debe presentar pruebas que demuestren que el mismo ha cumplido con su parte en la demanda.
  2. Si en el caso de que la demanda se lleve a cabo en el exterior, ocurre que en primera instancia la parte demandada tiene la oportunidad de presentar pruebas pertinentes que hagan notar la falsedad de lo que se le acusa. Mientras que la parte solicitante debe presentar documentación relevante que contradiga lo que el acusado expone.
  3. Luego de esto, procede a la parte procedimental, en la cual el juez traslada tanto a la parte solicitante como a la parte acusada, por cinco días a cada uno.
  4. Durante esos cinco días, cada uno tiene la oportunidad de exponer su caso ante el juez y demostrar todas las pruebas relevantes que fallen a su favor.
  5. Una vez que se ha culminado este lapso, el juez dispone de veinte días hábiles para estudiar la documentación dada por ambas partes dela demanda. Si alguna de estas pruebas deben verse en el exterior, se procede a seguir lo que dictamina el artículo 402 del Código de Procedimiento Civil.
  6. Cuando ya se haya concluido el periodo de exploración de documentación, el juez nuevamente llamara a ambas partes para dar con las exposiciones finales de ambos casos a fin de poder dar su sentencia.
  7. Al determinar la sentencia, el juez expondrá su argumento final y de acuerdo al fallo se determinara cuáles serán los acuerdos a convenir y realizar el seguimiento del cumplimiento de cada uno de ellos en los Estados donde se encuentren la parte demandada y la demandante.

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